viernes, 21 de agosto de 2015

Divorcio Administrativo


¿Que es un divorcio Administrativo?



El divorcio voluntario administrativo procede cuando los cónyuges son mayores de edad, no tienen hijos menores y están de acuerdo en divorciarse, deben presentar por escrito su solicitud de divorcio terminante y explícita de divorcio ante el Juez del Registro Civil. 


Una vez presentada la solicitud de divorcio, el Juez del Registro Civil debe cerciorarse de la identidad de los solicitantes a divorciar, debe levantar un acta en la que haga constar su solicitud de divorcio y los citará para que se presenten dentro de los quince días siguientes a ratificar su solicitud de divorcio. Si los cónyuges ratifican la solicitud de divorcio el día y hora señalados para ello, el Juez del Registro Civil los declarará divorciados, levantará el acta respectiva del divorcio y hará las anotaciones procedentes en el acta de matrimonio de los solicitantes para que queden divorciados.



Algunos de los requisitos necesarios para este tipo de Divorcio son los siguientes : 
1. Ambos deben estar de acuerdo en divorciarse.
2. Los dos deben ser mayores de edad y no haber tenido hijos durante su matrimonio.
3. Si se casaron por sociedad conyugal, ambos deben estar de acuerdo en la forma en que se repartirán los bienes.
4. Solicitar juntos, personalmente, el divorcio al Juez del Registro Civil.
5. Haber estado casados por lo menos un año.
6. Presentar copias certificadas de su acta de matrimonio y nacimiento para comprobar que son mayores de edad y que están casados.

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