miércoles, 7 de mayo de 2014

Conoces los derechos que tienes como trabajador en el reparto de utilidades de tu empresa.

El Reparto de utilidades es el derecho constitucional que tienen los trabajadores a participar en las ganancias que se obtiene una empresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.

Este derecho está previsto en el art 123 apartado A fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el art 120 de la Ley Federal del Trabajo.
 

Los trabajadores con derecho a participar en las utilidades de las empresas
Todos los trabajadores que laboren en forma subordinada y personal y perciban un salario, tienen derecho a recibir utilidades, de conformidad con lo siguiente:

§  Los trabajadores de planta, independientemente del número del día laborados durante el año.

§  Los trabajadores por obra o por tiempo determinado, que hayan laborado cuando menos 60 días durante el año, ya sea en forma continua o discontinua.

§  Los ex trabajadores, que hayan laborado durante el año objeto del reparto, siempre que hayan cumplido con los requisitos antes mencionados.

Los trabajadores que no tienen derecho a recibir utilidades
§  Los directores, gerentes generales de la empresa y administradores.

§  Accionistas o Socios de la empresa.

§  Profesionistas, técnicos y otros, que mediante del pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.

§  Trabajadores eventuales, que hayan trabajado menos de 60 días, durante el ejercicio fiscal de la empresa.

 
Las empresas que no están obligadas al reparto de utilidades

§  Las empresas que están exceptuadas de la obligación de repartir utilidades, de acuerdo al Art. 126 de la Ley
Federal del Trabajo, son:

§  Empresas de nueva creación, durante el 1er  año de labores.

§  Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los 2 primeros años de labores.

§  Empresas de una industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.


El plazo máximo del pago de utilidades
Plazo para entregar las utilidades es del 1 de abril al 30 de mayo, tratándose de personas morales (empresas) y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.

Los patrones están obligados a pagar utilidades a sus trabajadores, dentro de un período no mayor a 60 días contados a partir de la fecha en que se presentó la declaración anual ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

¿Cómo saber si en tu empresa hubo utilidades?
Para que los trabajadores puedan conocer si el patrón declaró utilidades, dichos patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores, copia de la declaración anual, dentro de un término de diez días contados a partir de la fecha de la presentación de la declaración anual.

En esta declaración, se señala la cantidad de la utilidad fiscal y el monto que corresponde a la participación de utilidades del ejercicio.
 

Qué porcentaje de utilidades corresponde a los trabajadores
Les corresponde participar con el 10% sobre la renta gravable manifestada por la empresa / patrón en su declaración fiscal, este porcentaje es fijado por la resolución emitida por la 4ta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

 
Pago de utilidades
El pago de utilidades se determina en 2 partes, una es la mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos.

Días laborados y todos aquellos en que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo, aún y cuando no labore en casos como:

§  Períodos prenatales y postnatales

§  Incapacidades temporales por riesgo de trabajo

§  Permisos

§  Permisos con goce de sueldo

§  Descanso semanal, días festivos y vacaciones.

 
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